Panamá, 10 febrero de 2015
Señores
MIEMBROS DEL CONSEJO DE FACULTADES DE TECNOLOGÍA, CIENCIAS
NATURALES, EXACTAS Y CIENCIAS ADMINISTRATIVAS
Universidad de Panamá
Despacho.
REF: Recurso de reconsideración sobre la resolución Nº1-15-SGP
Yo,
SAMUEL PEREIRA MONTENEGRO, fui asignado como abogado de oficio del profesor
CÉSAR RODRÍGUEZ VALENCIA por el Ministerio Público ante la fiscalía
Especial, delito contra la propiedad intelectual.
En
vista de que la demanda por plagio contra mi mandante fue puesta primero en el
Departamento de Física el 12 de junio, acta número 4, por el grupo de profesores integrados por María Lourdes
Lezcano, Ivis de Jiménez, Eduardo Chung, Alberto Caballero y Bernardo Fernández,
sin la presencia y sin la autorización del dueño del escrito, como se demuestra
en el mensaje que la profesora María Lourdes
Lezcano le envió al profesor Alexis Mojica el 9 de julio, con
copia al correo de mi mandante, (Prueba1), el cual transcribo:
“Buenas
noches estimado Mojica:
“Esperando
estés muy bien junto a tu querida y gran familia. No he querido perturbar tu
paz con los acontecimientos que se han dado posterior a la Junta Departamental,
pero considero que esta carta que escribió el CRV debes leerla. Es un descarado y deshonesto, insiste en que
no cometió ningún delito y que no plagió nada porque tú le regalaste las guías.
Ya la denuncia está en manos del
decano y la Comisión Disciplinaria de la Facultad, junto con todo el paquete,
incluyendo tu libro y tu derecho de autoría. Te pido no le contestes;
vamos a ver qué dictamina la Comisión y dependiendo de eso se harán los pasos
posteriores. Cuando Fernández regrese
del viaje llevará el paquete al Rector; mientras se dará tiempo a la
Com.Disc.Para que dé su informe.
Tal
vez si deseas escribirle algo a Ivis, pero para ella, para que esté tranquila.
Ahora
que yo termine los semestrales, a ver si podemos vernos aquí en la casa para
almorzar o cenar, dependiendo de tu tiempo.
En el
próximo correo, te reenviaré la respuesta que le dio Caballero a CRV
Saludos
y un fuerte abrazo,
María”.
¿Por
qué razón tenía la profesora María
Lourdes Lezcano que escribirle al profesor Alexis Mojica a sabiendas que él no era profesor de la Universidad
de Panamá sino de la Universidad Tecnológica de Panamá?
Aquí
se demuestra que la profesora María Lourdes Lezcano vivía envenenando la mente
del profesor Alexis Mojica, de la Universidad Tecnológica de Panamá, quien
no tenía conocimiento que estaban demandando a mi mandante por plagio con un
escrito supuestamente de él. En consecuencia, la demanda de plagio interpuesta
por María Lourdes Lezcano y su grupo
que creó para ese fin, fue una demanda falsa, mal intencionada y sólo por hacer
daño para ganar influencia ante el rector, según mi mandante. Si Alexis Mojica
hubiese querido voluntariamente demandar a mi mandante lo habría hecho desde el
preciso momento que le envió el mensaje el 7
de abril de 2009, Prueba 2.
¿Por
qué esperó más de cuatro años para demandarlo si mi mandante estaba utilizando
ese trabajo en su proceso de enseñanza y aprendizaje tal cual habían acordado? Simplemente,
la demanda la colocaron sin su consentimiento, y después lo presionaron para que
la confirmara y quedar bien con el rector, según mi mandante. Es decir, el
profesor Alexis Mojica se prestó para una demanda falsa en contra de mi
mandante.
Como
mi mandante dijo en dicha reunión que Alexis Mojica le había regalado el
material y se lo había grabado en una memoria, María Lezcano se sintió muy
ofendida por esa verdad, hasta el punto de tratar a mi mandante de descarado y deshonesto, mientras que el
profesor Eduardo Chung le envió a mi mandante un correo diciéndole que
desconocía por completo todos los compromisos acordados entre mi mandante y el
dueño del supuesto escrito, profesor Alexis Mojica.
María
Lourdes Lezcano y su grupo, temerosos de una demanda falsa, presionaron
al Profesor Alexis Mojica a confirmar dicha demanda y a colocar otra ante la
Fiscalía Especializa en delitos de la propiedad intelectual, y en la que el
Ministerio Público me asignó Abogado de Oficio del Profesor César Rodríguez
Valencia.
La
fiscalía enfrentó a mi mandante con el profesor Alexis Mojica, y mi mandante le
demostró con pruebas que él le cedió, gratuitamente el material que
usaría en su proceso enseñanza -
aprendizaje con sus estudiantes, ese fue el acuerdo entre dos hombres con
palabras. Prueba de ello es que mi mandante después de haber organizado dicho
trabajo que no era un “anónimo” se
lo envió a Alexis Mojica, para su conocimiento y demás fines, prueba 2, además, procedió a regalarlo a sus estudiantes y colegas que lo fueran a
utilizar, porque en el Departamento de Física no encontró texto alguno para la
enseñanza de la física experimental, y el grupo liderado María Lourdes
Lezcano no está interesado en eso, según mi mandante. La profesora Ivis
de Jiménez fue la única educadora que pidió a mi mandante dos veces el
mencionado trabajo, porque sabía que él lo estaba obsequiando, el que usó
después para demandarlo por plagio como agradecimiento y cumpliendo órdenes de
María Lourdes Lezcano, (Prueba 3).
¿Por
qué creen ustedes que la profesora María Lourdes Lezcano no tuvo el coraje de
escribir el nombre completo de mi mandante en el mensaje que le envió a Alexis
Mojica, prueba 1, sino que escribió CRV? Simplemente, porque
ella sabe que mi mandante estudió en la Universidad Nacional de Colombia en
Bogotá, es el único evaluador de artículos científicos para la Pontificia
Universidad Javeriana de Bogotá en la Universidad de Panamá, y por lo
tanto, su presencia allí, a ella y su grupo les intimida. Mi mandante fue el
único profesor del Departamento de Física que tuvo la valentía de denunciar
ante el Consejo Académico los esperpentos disfrazados de evaluaciones
psicotécnicas de matemática realizadas por Recursos Humanos para reclutar cuasi
analfabetas como administrativos en la Universidad de Panamá, prueba 6.
Recursos
Humanos de la UP, dice:
1. ¿Cuál de las siguientes
fracciones es distinta a las otras dos?
a)
3/7 b) 3/9 c)3/11
Para Recursos Humanos la respuesta correcta es b),
falso, porque, todas las tres fracciones son diferentes entre sí.
2. Al resolver 11+7/3 =
Recursos Humanos dice: 11+7/3=18/3=6, falso
Porque eso no se resuelve
así, sino: 11+7/3=11/1+7/3=33/3+7/3=40/3.
3. Al resolver 3+4*2= Recursos
Humanos dice: 3+4*2=7*2=14. Falso, porque eso no se resuelve así, sino:
3+4*2=3+8=11.
Esta denuncia de mi mandante ante el Consejo Académico,
incrementó hacia él el odio y el resentimiento de María Lourdes Lezcano y su
grupo, que no encontraron más nada para hacerle daño sino fabricar una demanda
falsa como se acaba de demostrar, cuyos ideólogos fueron según mi mandante,
María Lourdes Lezcano, Bernardo Fernández, Eduardo Chung, Ivis de Jiménez,
Alberto Caballero y Alexis Mojica que se prestó para ello, convirtiéndose en
cómplice. Omaira Pérez, mujer de Bernardo Fernández, se prestó para testimonio
falso ante la fiscalía sobre la originalidad de las guías de laboratorio de
Alexis Mojica, que realmente son propiedad de Pasco Científico.
Mi
mandante y yo revisamos las páginas web de Pasco Científico:
y
encontramos que todas las guías de laboratorio que el profesor Mojica le cedió
a mi mandante son propiedad de Pasco, y el profesor Mojica las presentó ante la
Universidad de Panamá y ante el Ministerio de Educación como de su autoría.
Teniendo
en cuenta que el plagio es usar el trabajo, las ideas, o las palabras de otra
persona como si fueran propias, sin acreditar de manera explícita de donde
proviene la información, se concluye que lo del Profesor Mojica es un verdadero
plagio,
porque las
guías las presentó como de su autoría. Es decir, no colocó la Bibliografía de
dónde sacó la información, (Prueba 4).
No
es cierto
que mi mandante haya utilizado como suyo el material que le cedió Alexis
Mojica, lo que él hizo fue lo que acordó con Mojica, prueba 2, para
entregarlo gratis a sus discípulos y docentes que lo necesitaran en su proceso
de enseñanza y aprendizaje, como lo dice Ivis de Jiménez en correo electrónico,
prueba 3 y como se aprecia en la Bibliografía que aparece al
final del libro que son las fuentes de donde se extrajo la información, prueba
5. La portada es una hoja que va encima del trabajo y en donde aparece el
nombre del que hace el trabajo utilizando las fuentes de la Bibliografía, y
Alexis Mojica le dio a mi mandante fueron las guías de laboratorio que sacó de
Pasco, y que mi mandante arregló con ellas un texto de 205 páginas.
¿Cómo
no se van a parecer los textos si fueron creados con las mismas guías de Pasco
Científico?
Las
guías que originaron los textos tanto de Alexis Mojica como el de mi mandante fueron
las mismas, por lo tanto, los textos tienen que ser muy parecidos, con la
diferencia que mi mandante colocó en la bibliografía, como primera fuente de
información: (1) Alexis Mojica, Guías de laboratorio, Universidad
Tecnológica de Panamá, 2006. Mientras que Alexis debió colocar en su
bibliografía, Pasco Científico. Si no lo hizo, eso es lo que se llama plagio. Y
Omaira Pérez, mujer de Bernardo Fernández, conociendo todo esto, declaró
bajo juramento en la Fiscalía que las guías de laboratorio que utilizó Alexis
Mojica eran de su autoría, testimonio
falso. Todas las guías que le cedió Mojica a mi mandante fueron modificas,
en mayor o menor grado, especialmente los objetivos que muchos de ellos estaban
mal narrados, y mi mandante tiene bastante conocimiento de las retóricas del
lenguaje y la libre estética, cualidad que según él en la Universidad de Panamá
no vale nada.
Sabiendo
que las guías que originaron los dos textos son las mismas y de propiedad de
Pasco Científico, es absurdo ordenar hacer un
análisis comparativo entre dichos textos, cuando lo correcto es ordenar
a la Comisión de disciplina que dictamine sobre la originalidad de las guías de
laboratorio que le obsequió Alexis Mojica a mi mandante, y esperar a que el
juzgado Nº 3 de lo penal se pronuncie sobre la demanda de plagio que Alexis
Mojica le colocó a mi mandante por órdenes de María Lezcano y su grupo, y cuya
identificación es: Expediente 110909-14.
Cualquier
requerimiento, se me puede hacer conocer a través de mi mandante, a los
Teléfonos: 3911258; 63927062; 63131162.
Atentamente,
SAMUEL PEREIRA MONTENEGRO CÉSAR RODRÍGUEZ VALENCIA
Abogado de Oficio Cédula
N° 5-11-111
c.c:
Juzgado Nº 3
del Circuito Penal
Expediente
110909-14.
Defensoría del
Universitario
Universidad de
Panamá